Apesa, Cangas del Narcea. Asociación de Profesionales y Empresarios Autónomos del Suroccidente Asturiano 

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2009

NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA COMERCIAL

PROMOCIÓN DE VENTAS: PROMOCIONES, REBAJAS, SALDO, VENTAS EN LIQUIDACIÓN

 

Ante el desconocimiento de la normativa aplicable en materia comercial, se informa de los requisitos que deben cumplir ciertas actividades de PROMOCION DE VENTAS, en concreto:

VENTAS EN LIQUIDACIÓN

Hay un deber de comunicar este hecho a la Consejería de Industria y Empleo con una antelación de 10 días a su inicio efectivo, expresando la causa de la liquidación (Cierre, obras, cambio de local, ...), la duración prevista y los artículos ofertados. Una copia deberá estar expuesta al público.

• VENTA EN REBAJAS

Las temporadas anuales de rebajas son dos y tienen lugar en las fechas siguientes:

→  7 de enero hasta el 6 de marzo
→  1 de julio hasta el 31 de agosto

Dentro de estas fechas la duración mínima será de una semana y la máxima de 2 meses. Los artículos rebajados no podrán haber sido objeto de promoción alguna durante el mes anterior al inicio de las rebajas.

El incumplimiento de los requisitos señalados con anterioridad es considerado como infracción grave por la Ley de Comercio, siendo la cuantía de las multas establecidas de 3.001 hasta 15.000 euros.

A su vez toda persona física o jurídca qu quiera ejercer y ejerza actividad comercial tiene la obligación de inscribirse en el Registro de Empresas y Actividades Económicas del Principado de Asturias.

Para una mayor difusión de la normativa en materia comercial puede descargarse un formulario sobre las liquidaciones así como información sobre la realización de promociones que entendemos pueden ser de utilidad de cara a resolver dudas sobre la materia. O ir a la página www.asturias.es ;("artesanía y comercio/ Información sobre condiciones de promoción de ventas").

 
 
 

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